LETRA DE CAMBIO.
La letra de cambio es una orden incondicional por
escrito hecha por una persona natural o jurídica dirigida a otra persona también
natural o jurídica, con el objeto de exigir que ésta efectué el pago de una
determinada cantidad de dinero, a una fecha futura fija o determinable.
MODOS
DE GIRO DE LETRA DE CAMBIO.
Las modalidades de giro pueden variar según el país
donde se practique la contabilidad, pero los principios siguen las modalidades
de:
- A la vista. No se necesita ser previamente aceptada,
solo basta presentar el mismo día de su giro o cualquier otro día para
exigir su pago. No es muy usual hacer uso de esta práctica.
- A días o meses vista. Esta modalidad tiene la
característica de que el plazo de vencimiento se computa a partir de la
fecha de aceptación de la letra, es decir la fecha en que "ha
visto" el aceptante y firmado el compromiso de pagaría.
- A días o meses fecha. En esta modalidad el
plazo de vencimiento se computa desde la fecha en que la letra fue girada.
En este caso se cuentan los días conforme al año civil, es decir
computando los días que tiene cada mes.
- A fecha fija. En esta modalidad se especifica la fecha de
pago en la letra de cambio.
MODELO DE LA LETRA DE CAMBIO.
La letra de cambio puede seguir el siguiente
modelo:
El llenado de una letra de cambio se realiza de la
siguiente manera:
- Valor
o importe de la letra de cambio en números.
- Fecha
de emisión de la letra de cambio.
- Número
correlativo de letras de cambio que emite la empresa.
- Plazo
o fecha de vencimiento.
- Letra
o Única.
- Nombre
del beneficiario.
- Valor
de la letra en forma literal.
- Recibido.
- Registro
del nombre del deudor, su dirección y teléfono.
- Firma
del acreedor.
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